EL ESTADO DE ALARMA NO EXONERA EL PAGO DE RENTA
“Las medidas aprobadas por el COVID-19 no permiten al arrendatario dejar de pagar la renta” En nuestro último post nos hacíamos eco de la medida aprobada en virtud de la cual podrán suspenderse los desahucios y lanzamientos por un plazo máximo de 6 meses. Aclaramos en dicho post que esto solo será posible cuando el arrendatario se encuentre en situación de vulnerabilidad social o económica sobrevenida como...
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